Concurso+ Prologic Octubre
REGLAMENTO DEL "CONCURSO+ PROLOGIC Octubre"
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1. El organizador del Concurso es ŁUKASZ PAWLIK, que realiza actividades comerciales bajo la empresa ROCKWORLD ŁUKASZ PAWLIK inscrita en el Registro Central de Información y Actividades Económicas de la República de Polonia gestionado por el ministro competente para asuntos económicos, con: dirección del lugar de actividad y dirección para notificaciones: ul. Jana Kochanowskiego 21, 48-130 Kietrz, NIP 7481388948, REGON 532429748, dirección de correo electrónico: [email protected].
1.2. El Concurso se organiza en la Tienda Online del Organizador disponible en la dirección: www.rockworld.pl y en la Tienda Física del Organizador en la dirección: ul. Mikołaja 9a, 47-400 Racibórz.
1.3. Puede participar en el Concurso cualquier persona física que exprese su deseo de participar mediante la inscripción en el Concurso de acuerdo con el Reglamento del Concurso.
1.4. La participación del Participante en el Concurso y, por lo tanto, la provisión de información y datos relacionados con su participación en el Concurso, incluidos los datos personales, cuyo alcance se ha especificado en el Reglamento, es voluntaria, pero esencial para la correcta realización del Concurso.
1.5. El patrocinador del premio en el concurso es el Organizador.
2. DEFINICIONES:
2.1. Los términos utilizados en este Reglamento significan:
2.1.1. CÓDIGO CIVIL - la ley del Código Civil del 23 de abril de 1964 (Dz.U. N° 16, pos. 93 y enmiendas).
2.1.2. COMISIÓN DEL CONCURSO - comisión nombrada por el Organizador compuesta por 3 personas para asegurar la correcta organización y desarrollo del Concurso, en particular para determinar al ganador del Concurso.
2.1.3. CONCURSO - este concurso organizado por el Organizador de acuerdo con el Reglamento.
2.1.4. ORGANIZADOR - ŁUKASZ PAWLIK, que realiza actividades comerciales bajo la empresa ROCKWORLD ŁUKASZ PAWLIK, inscrito en el Registro Central de Información y Actividades Económicas de la República de Polonia gestionado por el ministro competente para asuntos económicos, con: dirección del lugar de actividad y dirección para notificaciones: ul. Jana Kochanowskiego 21, 48-130 Kietrz, NIP 7481388948, REGON 532429748, dirección de correo electrónico: [email protected].
2.1.5. REGLAMENTO - este reglamento del Concurso.
2.1.6. TIENDA ONLINE - la tienda online del Organizador disponible en la dirección de internet: www.rockworld.pl.
2.1.7. TIENDA FÍSICA - la tienda física del Organizador ubicada en la dirección: ul. Mikołaja 9a, 47-400 Racibórz.
2.1.8. PARTICIPANTE - una persona física que participa en el Concurso y adicionalmente cumple con los requisitos indicados en el punto 3 del Reglamento del Concurso.
2.1.9. TAREA DEL CONCURSO - tarea del concurso que el Participante debe realizar, consistiendo en responder a la pregunta: "Me gustaría ganar el carrete Prologic Avenger 6000 BF Carp Reel TF Handle, porque..." al realizar un pedido en la Tienda Online o al realizar una compra en la Tienda Física.
3. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO
3.1. La participación en el Concurso es voluntaria y gratuita.
3.2. La inscripción para participar en el Concurso se realiza mediante la compra de cualquier producto de la marca Prologic, marcando el consentimiento para participar en el concurso y realizando la Tarea del Concurso por parte del Participante al realizar un pedido en la Tienda Online o al realizar una compra en la Tienda Física.
3.3. La Tarea del Concurso debe ser realizada independientemente por el Participante, debe ser un trabajo de autor que no haya sido publicado anteriormente, incluido en Internet. El Participante al realizar y enviar la Tarea del Concurso al Organizador debe tener todos los derechos de autor personales y patrimoniales completos.
3.4. El Participante, en particular en relación con la realización y envío de la Tarea del Concurso, debe cumplir con la prohibición de entregar contenido ilegal. El contenido proporcionado por el Participante, especialmente en el marco de la Tarea del Concurso, debe cumplir con la ley y las buenas costumbres, respetando los derechos personales y los derechos de autor y la propiedad intelectual del Organizador y de terceros, y no debe contener vocabulario vulgar, ofensivo o violar las normas de convivencia social.
3.5. Están excluidos de la participación en el Concurso los empleados y colaboradores del Organizador y otras personas que hayan participado en la preparación u organización del Concurso, así como los miembros de sus familias cercanas. Por miembros de la familia cercana se entiende: ascendientes, descendientes, hermanos, cónyuges, padres de cónyuges y personas en relaciones de adopción.
4. CONDICIONES Y REGLAS DEL CONCURSO
4.1. El Concurso dura desde el 24 de octubre de 2023 hasta el 19 de noviembre de 2023.
4.2. Para seleccionar al ganador del Concurso y asegurar el correcto desarrollo del Concurso, la Comisión de forma libre elegirá la Tarea del Concurso ganadora, guiándose por su propio criterio, teniendo en cuenta la adecuación, conformidad con la temática del Concurso, originalidad e interés de la Tarea del Concurso del Participante.
4.3. En el Concurso se seleccionará a 1 ganador, a quien la Comisión del Concurso otorgará un premio en forma de carrete Prologic Avenger 6000 BF Carp Reel TF Handle con un valor de catálogo de 221,00 PLN.
4.4. El resultado del Concurso se anunciará dentro de los 14 días siguientes a la finalización del Concurso, mediante la publicación de la información correspondiente en la sección apropiada de la Tienda Online del Organizador. Además, el ganador será informado de su victoria por el Organizador a través de un mensaje enviado a la dirección de correo electrónico proporcionada o por teléfono.
4.5. En caso de que el Organizador no pueda obtener los datos necesarios para enviar el premio al Participante o en caso de no recibir respuesta al mensaje enviado al Participante por el Organizador, la Comisión tiene el derecho de elegir a un Participante alternativo al que se le otorgará el premio.
4.6. El Organizador se pondrá en contacto con el ganador inmediatamente, pero no más tarde de 14 días después de la finalización del Concurso.
4.7. El ganador puede renunciar al derecho al premio ganado, sin embargo, no puede transferir el derecho al premio a una tercera persona, ni solicitar el cambio del premio por un equivalente en efectivo ni por ninguna otra forma de compensación.
4.8. El premio ganado será entregado al ganador del Concurso por correo de mensajería a la dirección proporcionada dentro de los 21 días siguientes al anuncio del resultado del Concurso a cargo del Organizador.
4.9. En caso de que el premio esté sujeto a impuestos, al Ganador del Concurso se le otorgará (se agregará) un premio adicional en efectivo por un monto equivalente al impuesto que el ganador del Concurso está obligado a pagar por el premio ganado en el Concurso. El premio adicional en efectivo mencionado en la oración anterior no está sujeto a entrega y se destinará a cubrir el impuesto forfaitario mencionado en el art. 30 párr. 1 punto 2 de la Ley del 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (texto unificado Dz.U. de 2018 pos. 1509 y enmiendas). Este impuesto será retenido por el Organizador del Concurso y pagado al respectivo departamento de hacienda.
5. POLÍTICA DE PRIVACIDAD
5.1. El administrador de los datos personales procesados en relación con la implementación de las disposiciones de este Reglamento es el Organizador (en adelante, "Administrador"). Los datos personales se procesan de acuerdo con las regulaciones legales aplicables, en particular de acuerdo con el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo (UE) 2016/679 del 27 de abril de 2016 sobre la protección de las personas físicas con respecto al procesamiento de datos personales y la libre circulación de dichos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) - denominado en adelante "RGPD" o "Reglamento RGPD".
5.2. El Administrador procesa datos personales con los propósitos, por el período y basado en las reglas indicadas en este punto del Reglamento. La provisión de datos personales es voluntaria, aunque la falta de provisión de datos personales necesarios para participar en el Concurso resulta en la imposibilidad de participar en él. El Administrador toma especial cuidado para proteger los intereses de las personas cuyos datos personales están siendo procesados por él, y en particular es responsable y asegura que los datos recopilados por él son: (1) procesados de acuerdo con la ley; (2) recopilados para propósitos específicos, legítimos y no procesados de manera incompatible con esos propósitos; (3) sustancialmente correctos y adecuados con respecto a los propósitos para los cuales son procesados; (4) almacenados en una forma que permite la identificación de las personas concernidas, no más de lo necesario para alcanzar el propósito del procesamiento y (5) procesados de una manera que asegura la seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el procesamiento no autorizado o ilegal y contra la pérdida accidental, destrucción o daño, utilizando medidas técnicas u organizativas adecuadas. Teniendo en cuenta la naturaleza, alcance, contexto y propósitos del procesamiento, así como el riesgo de violación de los derechos o libertades de las personas físicas con diferentes probabilidades y gravedad de riesgo, el Administrador implementa medidas técnicas y organizativas adecuadas para que el procesamiento se lleve a cabo de acuerdo con este reglamento y para poder demostrarlo. Estas medidas se revisan y actualizan según sea necesario. El Administrador utiliza medidas técnicas para prevenir la adquisición y modificación no autorizadas de datos personales transmitidos electrónicamente.
5.3. El Administrador está autorizado para procesar datos personales en casos en los que - y en la medida en que - se cumpla al menos una de las siguientes condiciones: (1) la persona a quien los datos se refieren ha dado su consentimiento para el procesamiento de sus datos personales con uno o más propósitos específicos; (2) el procesamiento es necesario para la ejecución de un contrato del cual la persona a quien los datos se refieren es parte, o para llevar a cabo acciones a petición de la persona a quien los datos se refieren, antes de la firma del contrato; (3) el procesamiento es necesario para cumplir con una obligación legal que recae sobre el Administrador; o (4) el procesamiento es necesario para propósitos derivados de intereses legítimos perseguidos por el Administrador o por un tercero, excepto cuando los intereses o derechos y libertades fundamentales de la persona a quien los datos se refieren, que requieren la protección de datos personales, prevalezcan sobre esos intereses, especialmente cuando la persona a quien los datos se refieren es un niño.
5.4. El procesamiento de datos personales por el Administrador requiere en todo momento la existencia de al menos una de las bases indicadas anteriormente. Las bases específicas para el procesamiento de datos personales de los Participantes por el Administrador se indican en el siguiente punto del Reglamento - con respecto al propósito específico del procesamiento de datos personales por el Administrador.
5.5. El Administrador puede procesar datos personales con los siguientes propósitos, en las siguientes bases legales y por el siguiente período:
| Propósito del procesamiento de datos | Base legal para el procesamiento de datos | Período de retención de datos |
| Organización del Concurso | Artículo 6(1) letra f) del Reglamento RGPD (interés legítimo) - el procesamiento es necesario para los propósitos derivados de intereses legítimos perseguidos por el Administrador - que consisten en la necesidad de cumplir con las condiciones del Concurso organizado para sus Participantes de acuerdo con las regulaciones legales aplicables y el siguiente Reglamento | Los datos se almacenan por el período necesario para llevar a cabo el Concurso, implementar los premios otorgados a los Participantes del Concurso, resolver el contrato o extinguir los derechos y obligaciones del Organizador y los Participantes del concurso. |
| Marketing directo | Artículo 6(1) letra f) del Reglamento RGPD (interés legítimo del administrador) - el procesamiento es necesario para propósitos derivados de intereses legítimos perseguidos por el Administrador |
Los datos se almacenan por el período de existencia de un interés legítimo perseguido por el Administrador, pero no más de lo que el período de prescripción de las reclamaciones del Administrador contra la persona a quien los datos se refieren, en relación con la actividad comercial llevada a cabo por el Administrador. El período de prescripción es determinado por las regulaciones legales, en particular por el Código Civil (el término de prescripción básico para las reclamaciones relacionadas con la realización de actividades comerciales es de tres años). El Administrador no puede procesar datos para marketing directo en caso de que exista una objeción efectiva en este sentido por la persona a quien los datos se refieren. |
| Determinación, búsqueda o defensa de reclamaciones que el Administrador puede presentar o que pueden ser presentadas contra el Administrador en relación con el Concurso. | Artículo 6(1) letra f) del Reglamento RGPD (interés legítimo del administrador) - el procesamiento es necesario para propósitos derivados de intereses legítimos perseguidos por el Administrador - que consisten en la determinación, búsqueda o defensa de reclamaciones que el Administrador puede presentar o que pueden ser presentadas contra él | Los datos se almacenan por el período de existencia de un interés legítimo perseguido por el Administrador, pero no más de lo que el período de prescripción de las reclamaciones que pueden ser presentadas contra el Administrador (el término de prescripción básico para las reclamaciones contra el Administrador es de seis años). |
5.6. Es necesario que el Administrador utilice los servicios de terceros. El Administrador utiliza exclusivamente los servicios de esos procesadores que proporcionan garantías suficientes de implementar medidas técnicas y organizativas adecuadas, para que el procesamiento cumpla con el Reglamento RGPD y proteja los derechos de las personas a quienes los datos se refieren. El Administrador comparte datos únicamente cuando es necesario para lograr un propósito de procesamiento de datos personales específico y solo en la medida necesaria para lograrlo. Los datos personales de los Participantes pueden ser compartidos con los siguientes destinatarios o categorías de destinatarios:
5.6.1. proveedores de servicios que suministr
